La asimilación cultural disfrazada de inclusión

Publicado en Por anthropologies
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¿Es el hecho de llevar hiyab o burka en público un atentado contra los Derechos Universales?

Así parece afirmarlo un manual de ética contemporánea que he tenido hace poco entre mis manos, un manual empleado en una asignatura del grado universitario de Antropología Social y Cultural.

Sin embargo, creo que la crítica a esta declaración religiosa es, cuanto menos, errónea. El manual citado antes, contiene un apartado dedicado a los Derechos Universales. Se tratan los de igualdad de género y los de libertad religiosa. Mi asombro no podría haber sido mayor al descubrir que casi la totalidad del capítulo está dedicado a una serie de ataques contra el uso del burka o el hiyab.

La totalidad de dichos ataques puede resumirse citando un párrafo situado en la conclusión del capítulo: “Al margen de que el hábito se haya adquirido por presión o voluntad propia, el burka imposibilita la convivencia y el trato de igual a igual con los demás, negando el acceso a una parte importante de la información necesaria en toda convivencia: la expresión facial y corporal de las emociones. Bloquea la empatía”. En cualquier situación, dicha afirmación es absurda, pero dicha en el contexto social en el que nos encontramos actualmente, obligados a tapar nuestro rostro con mascarillas, pierde toda credibilidad. Si hemos sido capaces de adaptarnos al uso de la mascarilla y podemos relacionarnos con los demás sin problema ¿por qué un hiyab o incluso un burka deben suponer una barrera? Sobre todo, teniendo en cuenta que el hiyab no oculta ninguna parte del rostro.

A este párrafo del libro continúa la afirmación de que aceptar como ciudadanas en igualdad de condiciones a mujeres que impiden cualquier tipo de relación emocional-social mínima con los demás – al ocultarnos su rostro, sus expresiones emocionales faciales y corporales básicas de cualquier diálogo -, es tanto como pedirnos que nos comportemos voluntariamente como autistas.

 

En occidente tendemos a atribuir al hiyab y al burka un simbolismo de lo más erróneo, basado en nuestra propia cultura e ideas pre-concebidas sobre las costumbres islámicas, sin atender a los valores éticos o históricos que promueven el uso del velo en la religión islámica. Según el punto de vista occidental, el hiyab es un medio de sometimiento a la mujer, un reconocimiento de que está subordinada al marido.

Si nos remitimos al Corán, debemos partir del hecho de que la parte referida al velo hace referencia a recomendaciones, no a imposiciones. Es más, hace referencia a recomendaciones escogidas libremente por las mujeres, recomendaciones para su protección.

Puede que actualmente el suponer que vestirse de una determinada forma represente una protección para la mujer suene retrógrado e ilógico, sin duda es una afirmación polémica que puede llevar a exaltación al colectivo feminista actual (aunque las cifras de abusos sexuales indiquen otra cosa), pero debemos atender al momento histórico en el que se hicieron dichas recomendaciones, en el que la mujer estaba más expuesta que ahora a los ataques por parte del género masculino.

Además de atender al contexto histórico en el que se generalizó el uso del velo, suponer que el hecho llevar burka o hiyab, una prenda de vestir, condiciona la actitud que se tiene para con esas mujeres (tal y como se cita explícitamente en el manual al que empecé refiriéndome) y al mismo tiempo negar que una determinada forma de vestir “más ligera” no incite a unos ciertos individuos a acosar a dichas mujeres, es una incongruencia. ¿por qué en un caso se afirma el condicionante de la vestimenta y en el segundo se niega rotundamente? Si el hecho de que una mujer lleve hiyab implica que le atribuyamos un cierto comportamiento en base a nuestro juicio preestablecido, debería implicar el traslado de ese comportamiento a otras situaciones, como por ejemplo a pensar que, si una mujer se viste como una prostituta, debe de comportarse como tal. Por tanto, si la opinión general coincide en que acusar a una mujer de prostitución por su forma de vestir es un insulto hacia ella, del mismo modo debería considerarse un insulto y una injusticia encasillar a una mujer con velo dentro de un tipo de pensamiento o conducta concreta.

Actualmente, las mujeres musulmanas son médicos, jueces, científicas, profesoras… ¿De qué modo va a afectar a su profesión el hecho de cubrirse la cabeza?

El hecho de llevar un velo no implica una falta de profesionalidad. ¿Quién sería menos válido para ejercer el cargo de juez? ¿Una mujer musulmana perfectamente formada capaz de separar su vida y creencias personales de su actividad laboral, pero que porta un velo, o, por ejemplo, un hombre, o mujer, con profundas creencias racistas o misóginas que no lleva identificación externa sobre su pensamiento?

No podemos aceptar el hecho de que una prenda sirva para evaluar el carácter de una persona, como tampoco podemos culpar a la persona que porta dicha prenda por las dificultades que plantee para los demás el uso de la misma.

El problema que tiene alguien ajeno a la religión para relacionarse con una mujer con velo no debe atribuírsele a la mujer que cubre su cabeza, si no a la falta de amplitud de miras de aquel que no es capaz de ver a la persona más allá de un trozo de tela.

Otro argumento en contra del uso del velo mencionado en el libro de texto es el de que el burka o el velo hacen referencia a un estado de sometimiento de la mujer. Este argumento vuelve a partir de la falsa concepción que tenemos en occidente acerca de la mujer en la religión islámica. Cuidado, hablo de la religión islámica, no de Estados autodenominados islámicos de la actualidad tales como Arabia Saudí.

En primer lugar, gran parte del Corán está dedicado a un complejo sistema de leyes que garantizan que la mujer, en un contexto histórico en el que dependía económicamente del hombre, nunca quedase desamparada, por lo tanto, creo que en ese sentido plantea un sistema muy adelantado en lo que se refiere a los derechos de las mujeres.

En segundo lugar, la historia del islam y del mundo árabe está plagada de menciones a mujeres fuertes, influyentes, cuya acción es reconocida y significativa para el curso de la historia. Se recogen y reconocen sus actuaciones en una medida muy superior a la historia occidental.

Por poner un ejemplo, la primera universidad fue la Madraza de Qarawiyyin, fundada en Fez por Fátima al-Fihri en el año 859. En dicha universidad, se formaron todo tipo de personalidades, como el Papa Silvestre II y de ella surgieron importantes filósofos, analistas, científicos… Para el siguiente ejemplo basta con observar a una de las mujeres del Profeta Muhammad, Aisha al-Siddiqa bint al-Siddiq, quien ejerció el papel de consultora política durante el reinado del segundo califa. Nos remitimos al año 634.

Proponer, por tanto, que la manifestación pública de la religión islámica aboga en favor del machismo y el sometimiento de las mujeres carece de sentido, puesto que las sociedades históricas conformadas respecto a esa religión han abarcado un amplio abanico de mujeres notables y a las que se les ha permitido su desarrollo personal, mucho más que en las sociedades históricas cristianizadas. El hecho de que en las últimas décadas algunos países islámicos se hayan vuelto despóticos a este respecto es debido a la influencia y a la perturbación de los valores tradicionales que ha ocasionado la influencia occidental.

Hice un experimento. Yo soy musulmana, pero nunca he llevado velo. Soy profesora de música. Decidí, de repente, ir un día con un hiyab y observar las reacciones de mis alumnos, todos niños y niñas de entre 6 y 7 años.

Lo primero que hicieron fue acribillarme a preguntas. Luego, todos dieron su opinión ante el hecho de cubrirme la cabeza, y la respuesta consensuada fue “seño, estás más guapa sin ese pañuelo, pero nos da igual que lo lleves o no”.

 

Muy distintas fueron las reacciones de la mayoría de mis compañeros, que me miraban como si de repente me hubiese convertido en alienígena, y la de la mayoría de los padres de los alumnos, de los cuales, la primera reacción fue la desconfianza, el miedo, a pesar de que no habían tenido ningún problema conmigo como profesora hasta ese momento.

Este experimento me lleva a confirmar lo que ya pensaba de antemano: la polémica sobre el hiyab no es a causa del hiyab, sino que se debe a la falta de comprensión y a los prejuicios por parte de aquellos que no poseen esta práctica en su cultura. Si el problema fuese en cuanto al mantenimiento de la laicidad social ¿por qué están permitidas las escuelas católicas, pero se prohíbe el uso de velo en colegios? ¿No tienen mayor riesgo de adoctrinamiento religioso aquellos niños que asisten a esas escuelas católicas que los que aprenden a convivir en igualdad de condiciones, en un ámbito común, con personas que ejercen su libertad de manifestar abiertamente su religión, sea la que sea? Es más, ¿la prohibición de portar velo en centros estudiantiles, como ocurre en Francia, no predispone a los niños y adolescentes a crear prejuicios contra las personas que practiquen el islam?

Si los derechos universales deben extenderse hasta el punto en el que atacan la libertad de los otros, se están violando al prohibir el uso del burka o el hiyab, pues se atenta contra la integridad moral de esas mujeres.

Obligar a una mujer musulmana a no usar su velo es similar a obligar a cualquier mujer a caminar desnuda por la calle. La mujer musulmana que ama su religión, que cree en ella y que abraza su fe con sinceridad, no se siente sometida a ningún hombre, lo hace por y para ella misma, por su camino espiritual. Si esa mujer siente que debe cubrirse la cabeza, debe poder hacerlo. Si mostrar su pelo le produce inseguridad o incomodidad, debe poder usar velo.

Para concluir, no cabe otra cosa que expresar mi más profunda decepción ante el peligroso cariz que están tomando las políticas en cuanto a la libertad de culto religioso, pues cada vez más están virando hacia un etnocentrismo en el que se ponen en un estatus más elevado a los valores occidentales y, bajo políticas que se disfrazan de inclusivas, se trata de eliminar la individualidad y el carácter distintivo de ciertas culturas con las que, estemos o no de acuerdo, nos vemos obligados a convivir.

Solo lanzaré un par de frases más con la esperanza de que el lector reflexiones. En Arabia Saudí se obliga a toda mujer, oriental u occidental, a cubrirse la cabeza y el rostro en espacios públicos. Estamos de acuerdo en que dicha imposición vulnera los derechos de cualquiera a escoger su vestimenta. ¿Por qué debería, entonces, parecernos bien que se prohíba el hecho de llevar burka o hiyab?

 Naíma Muñoz Moreno

Referencias

Se citan frases de: Ética y Antropología – M. García-Alonso

https://aulaintercultural.org/2015/12/18/algunos-no-estan-preparados-para-ver-a-una-mujer-musulmana-con-hiyab-en-un-parlamento-espanol/

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