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Definición de democracia

Hablar de democracia en la actualidad es una temeridad, si lo que pretendemos es conseguir una definición que se ajuste a la realidad.

El término democracia es tan ambiguo actualmente, que se ha dotado de múltiples adjetivos para poder ajustarse al modelo de gobierno que pretende representar: democracia directa, democracia participativa, democracia representativa, democracia orgánica, democracia popular… y cada una de estas “democracias” acusa a las otras de no ser verdaderas “democracias”.

Para poder situarnos, podríamos atender a dos definiciones concretas del concepto “democracia”: la definición etimológica y la definición aprobada por la RAE.

La definición etimológica es conocida por todos, se trata de la composición de dos palabras griegas “demos” (pueblo) y “kratos” (gobierno) y tiene su origen en la Atenas clásica, lo que quizás no tantas personas sepan es que, para ser considerado “pueblo”, había que reunir una serie de requisitos que muchos, la mayoría, no cumplía, por lo tanto la participación en el gobierno estaba limitada a un grupo concreto de personas.

La RAE, como es de esperar, legitima en su definición el concepto de “democracia” aplicado en España: “Doctrina política según la cual la soberanía reside en el pueblo, que ejerce el poder por medio de representantes  elegidos por sufragio universal”.

Habría que matizar que el término “universal” se refiere a todos/as aquellos/as personas mayores de 18 años que no han visto perdido el derecho a ejercer el voto.

Por lo tanto, cuando hablamos de “democracia” en la España de hoy, en un contexto aséptico, nos estamos refiriendo a un sistema político que basa su legitimidad en unas elecciones donde los ciudadanos/as, convocados a las urnas, votan a los que serán sus representantes en el gobierno durante cuatro años.

Las normas del juego

Las normas que posibilitan la puesta en ejecución del sistema “democrático” en España, son fundamentales para poder llevar a cabo el proceso de elección. Las reglas que tienen como objetivo visibilizar un arco representativo que sea acorde con la elección de los votantes, varían en función de la convocatoria que se presente, aunque está regido por la norma base de la, tan nombrada como desconocida, Ley D´Hont.

Pero ¿cuántos de los convocados a elecciones conocen las reglas del juego?

Intentaré establecer ciertos apuntes para explicar la importancia de conocer los entresijos de la Ley D´Hont con el objetivo de no ser manipulados en los comicios electorales.

Elecciones generales

En las elecciones generales los escaños se reparten por circunscripciones electorales, que están identificadas por las distintas provincias, sin embargo el reparto de escaños no se reparten de manera igualitaria sino que, en función de la población de cada provincia, esta tiene asignada un número de escaños, así, por ejemplo, mientras en Cádiz se eligen 9 diputados, Guadalajara elige 3, Barcelona 32 y Madrid 37, de ahí la importancia de focalizar la campaña en las grandes urbes olvidando a la España Rural,  a lo que sumamos la dificultad de los partidos “minoritarios” de obtener representación en muchas provincias.

Otro dato que deberíamos tener en cuenta es que para poder participar del “juego” del reparto de escaños, el partido debe alcanzar un 3% de los votos emitidos por cada circunscripción, de no ser así quedará “eliminado del juego automáticamente”.

El mecanismo para las elecciones autonómicas es similar al de las elecciones generales.

Elecciones municipales

Las reglas para las elecciones municipales cambian con respecto a las elecciones generales, ya que a la hora de elegir a los representantes municipales no existen distintas circunscripciones, sino que existe una única circunscripción compuesta por la totalidad de la localidad donde se realiza el proceso electoral.

Sin embargo para poder optar a tener representación municipal es necesario obtener un mínimo del 5% de los votos emitidos.

Elecciones europeas

Las elecciones europeas no cuentan ni con circunscripción ni con un porcentaje mínimo para poder optar a la representación, quizás sea el mecanismo que mejor refleje la pluralidad de opciones políticas en España y por lo tanto la que refleje una representatividad más real.

España participa en el parlamento europeo con 54 diputados y a partir de la salida de Gran Bretaña de Europa, está previsto imponer un porcentaje mínimo entre el 2% y el 5% tanto a España como a Alemania.

Sin embargo históricamente ha sido la que menor participación ha registrado, lo que nos indica que la población resta importancia al papel del parlamento europeo y minimiza el impacto de sus decisiones en su vida diaria.

La tela de araña que compone las instituciones europeas, la falta de democracia (sin ningún adjetivo) y la opacidad de su funcionamiento ha distanciado a la población de estas instituciones.

Elección de representantes

En todas las convocatorias electorales, es común oír a los partidos mayoritarios pedir el denominado “voto útil” para su formación para evitar la victoria del partido contrario. Este mensaje está estructurado basándose en el desconocimiento de los votantes del sistema electoral, ya que como ahora demostraremos, para favorecer la victoria de una determinada vertiente ideológica, quizás sea mejor apoyar al partido minoritario que al partido mayoritario. Para lo cual estableceremos los siguientes ejemplos:

Supongamos que en unas elecciones, donde se presentan cinco partidos se dan los siguientes resultados para la elección de un gobierno municipal, en el que se van a elegir 21 concejales.

Contamos con un total de convocados a las urnas de 20.000 personas y suponiendo una abstención del 30% acuden a votar 14.000 personas.

Los resultados obtenidos por los distintos partidos serían las siguientes:

  • Partido A: 5.000 votos
  • Partido B: 4.000 votos
  • Partido C: 2.650 votos
  • Partido D: 1.500 votos
  • Partido E: 600 votos
  • Votos en blanco o nulos: 250 votos.

A continuación estableceríamos una tabla donde se dividirían los votos totales entre 1 (primera columna) entre 2 (segunda columna) entre 3 (tercera columna) y así sucesivamente hasta 21 (número de concejales que se eligen) en este caso hemos dividido columnas hasta 10 a modo de ejemplo.

El siguiente paso sería elegir las 21 cantidades mayores de la tabla (son los cuadros sombreados en gris) que sería los concejales que obtendrían cada partido.

Descartamos en el reparto al Partido E, al no haber alcanzado el mínimo exigido del 5% de votos.

A continuación vamos asignando concejales en función de mayor a menor de los números que se encuentran en la tabla hasta llegar a 21.

Así obtendríamos los siguientes resultados:

Siendo la mayoría absoluta 11 concejales, y no habiendo ningún partido que haya alcanzado esa cifra podría darse a modo de ejemplo estos acuerdos postelectorales, teniendo en cuenta que el Partido A y el Partido B tienen posturas irreconciliables:

Teniendo la voz cantante en la decisión de este supuesto municipal la tercera fuerza política resultante de las elecciones.

Pero ¿qué pasaría si se dieran otro tipo de circunstancias y el Partido A perdiera 300 votos a favor del Partido D?

Los resultados serían los siguientes:

En este caso se podrían dar los siguientes pactos:

Con estos resultados la decisión está en manos del Partido A, que es el que más votos ha sacado en estas supuestas elecciones municipales, incluso perdiendo 300 votos con respecto al ejemplo anterior.

El desconocimiento de las “reglas del juego electoral” posibilita el discurso demagógico y que resulta falso, tras el ejemplo mostrado, sobre el “voto útil” donde un partido pide el voto para sí para que la corriente ideológica inversa no alcance el poder.

El ejemplo para el resto de convocatorias electorales sería similar a la explicada para unas elecciones municipales, teniendo en cuenta las características propias de dichas elecciones.

Conclusión

José Ortega y Gasset, en su obra “La Rebelión de las Masas”, definió el concepto de “masa” como conjunto de personas no especialmente cualificada, y es en esta misma obra donde define el concepto de “minoría” como individuos o grupos de individuos especialmente cualificados.

Teniendo en cuenta que la política, se ha convertido en un sector altamente profesionalizado, siguiendo las enseñanzas orteguianas, podríamos decir que una minoría (los políticos) son los encargados de convencer a la masa (la mayoría de la población) para que decidan quién va a encargarse de dirigir los asuntos públicos, ayudados por medios de comunicación que hacen de altavoz de los mensajes que estos envían.

Por lo tanto, ¿podría una minoría altamente cualificada, engañar, estafar, manipular… a una masa sin cualificación y que desconoce los entresijos del sistema electoral con el único objetivo de mantenerse en el poder? Claro que sí.

Lamento decir que en un sistema donde no hay obligatoriedad de ejercer el voto, y donde no existe un mínimo de participación para dar por válidas unas elecciones, la abstención es completamente irrelevante, no afecta para nada al resultado final.

Por lo tanto, la única solución para evitar que la masa sea manipulada por la minoría es la formación en los asuntos políticos de la masa, comenzando por el sistema de elección de los candidatos.

Por supuesto, el desconocimiento del proceso de elección no es el único déficit democrático, pero sí es el inicio de todo el proceso.

“El precio de desentenderse de la política es ser gobernado por los peores hombres” Platón.

 

Manuel Carmona

Referencias

VVAA. (2010). Democracia en suspenso. Ed. Casus Belli.

Ortega y Gasset J. (2002). La Rebelión de las Masas. Clásicos del siglo XX. Ediciones El País.

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen General.

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