Para hablar de políticas de juventud, habría que tener muy claro el concepto de juventud, poner de relieve las necesidades e intereses de los y las jóvenes y dejar de categorizarles desde una concepción etaria[1] o como una mera etapa de transición hacia la vida adulta. Estas concepciones “transitorias” de juventud han tenido consecuencias directas sobre la formulación de políticas de juventud, ya que si no se considera como una “categoría social”[2], se les niega la posibilidad de acceso a derechos civiles, a una participación activa y se pasa la condición de ser joven a una especie de “espera pasiva”, que alarga las previsiones de futuro para cualquier joven. (Comas Arnau. 2011:12).
No parece haberse llegado a una concepción clara de juventud, a pesar de los diversos estudios realizados por diversos autores y en distintas épocas. Esta situación ha repercutido en la formulación de unas políticas de juventud más encaminadas al mantenimiento y sostenimiento de una economía global, en las que los y las jóvenes, se mantienen en esa “espera pasiva” de la que hace referencia Comas (2011), hasta convertirse en adultos productivos, insertados el sistema económico, a través del acceso laboral, pero además, con la idea de emancipación (ya sea a través de la creación de sus propias familias, o de dejar el hogar de la familia de origen). Esto nos lleva al concepto de Políticas de transición, en las que se hace referencia la etapa de transición de los y las jóvenes desde la infancia a la vida adulta.
Estas políticas se centran, sobre todo, en educación, trabajo y vivienda: una educación que permita el acceso al mercado laboral, lo que a su vez garantice unos ingresos que proporcionen el acceso a la vivienda de los y las nuevos/as adultos/as. Pero ¿Estas políticas se formulan desde un diagnóstico que incluya los intereses, necesidades y expectativas de los y las jóvenes? No puede afirmarse tal cosa.
En España, las políticas de transición, se perfilaban como una salida para el abandono de políticas rancias franquistas, y como “políticas propias de un futuro Estado democrático”. Estas políticas de transición se perciben como propias de la democracia (Soler y Comas, 2016: 5), no sólo por lo significativo del término transición en la democracia española, sino también por la idea adultocentrista, de que el único objetivo, pasada la etapa de infancia, es llegar a ser un adulto con derechos y deberes civiles reconocidos.
Pero esta idea no deja de ser una enorme trampa, porque ¿Desde cuando y hasta donde son reconocidos los deberes y derechos de los jóvenes? Se supone que en España, a partir de los 18 años un o una joven ya ha llegado a la edad legalmente adulta, donde puede ejercer derechos civiles, es decir, derecho a votar, al asociacionismo, a ser miembro de un partido político (y por ende ser elegido) a emanciparse, casarse, etc. Sin embargo, los y las jóvenes de 18 años (en países occidentales y muchas zonas de países en vía de desarrollo) no cuentan con las condiciones económicas y la formación requerida para ejercer muchos de estos derechos.
Las políticas de transición se basan, sobre todo, en la idea de que la educación debe ser la principal herramienta que de paso a la etapa de jóvenes a adultos. Aunque es cierto que la educación juega un papel primordial en la conformación de las personas, como ente social, productivo, etc. también es cierto que, en el caso de los jóvenes, esto llega a ser una enorme contradicción, porque supone una etapa que, por un lado, niega cualquier derecho legal de los y las jóvenes (los y las estudiantes de la E.S.O., en la práctica, se asume que tienen mayores deberes que derechos y deben tener una actitud de sumisión frente a la autoridad ), y por otro lado, se prolonga la etapa de juventud, hasta que los y las jóvenes tienen un “trabajo estable” que garantice su emancipación.
Tal como lo expresa Comas Arnau (2011), “las sociedades tradicionales” se supone que garantizaban los derechos civiles e individuales de todos las personas —incluso de los jóvenes— pero en realidad los jóvenes sólo eran “titulares de estos derechos” y al mismo tiempo debían esperar a “obtener los puntos necesarios” que les garantizara el ser premiados con “la obtención de la ciudadanía plena”. Las políticas publicas fomentaban la idea de personas jóvenes “que no existían como sujetos activos de deberes y derechos” sino sólo como “objetos pasivos acciones educativas”, que eran las que garantizarían su acceso al reconocimiento social de “ciudadanos activos”. (Comas Arnau, 2011:13). Desde esta perspectiva, surgen acciones encaminadas, sobre todo al ocio juvenil y a una débil participación de los y las jóvenes, guiados siempre por adultos.
En la práctica las políticas de transición se centran, sobre todo, en acciones de ocio juvenil, información, cultura, turismo juvenil, etc., sin que se preste mayor atención a acciones centrales como educación, trabajo, vivienda, salud, que se supone garantizarían la emancipación de los y las jóvenes y les aseguraría el paso a una etapa adulta de ciudadanía activa.
Tras los funestos resultados de las políticas de transición implementadas, encaminadas a garantizar los intereses de los grupos de poder que intentan seguir negando el poder que pueden significar las ideas de cambio social en la voluntad de los y las jóvenes, surgen las políticas afirmativas, con la intención de fomentar “la condición de identidad juvenil y de convertir a los jóvenes en sujetos revolucionarios” (Soler y Comas, 2016: 5). Estas políticas se sostienen en las ideas de: abundancia económica, individualismo, consumo y competitividad. Las formas tradicionales de socialización son relegadas y surgen otras formas de socialización donde el mercado, los medios de comunicación y las nuevas tecnologías se convierten en “poderosas agentes socializadores” (Soler, 2016: 42), que movilizan a los y las jóvenes en distintas partes del globo terráqueo y facilitan diferentes formas de intercambio de interrelación.
Las políticas afirmativas, fomentan la idea de la individualidad, como una forma de alcanzar objetivos personales de progreso y estatus social. Desde esta concepción, el trabajo, la educación y la vivienda, no se consideran unas necesidades de los y las jóvenes que deban ser incluidas en unas políticas, exclusivamente dirigida a jóvenes, sino que se engloban en políticas generales que garanticen la igualdad de oportunidades de todas las personas, supuestamente.
Desde esta perspectiva se potencia una idea sociedad progresista, que ampara los movimientos juveniles contraculturales, las alternativas de consumo en masa y las oportunidades artísticas entre grupos juveniles. Se promueven acciones emprendimiento juvenil, turismo juvenil, consumo cultural selectivo y créditos que favorezcan el consumo en masas. (Soler, 2016: 45).
Sin embargo, estas políticas surgen en pleno apogeo económico en sociedades occidentales, por lo que con la llegada del descalabro económico, en los países de la UE (como Portugal, Italia, Grecia y España), se recortan las partidas presupuestarias en sectores de ámbito social. En países como España, las políticas de juventud prácticamente desaparecen, se diluyen o se sustituyen “por iniciativas puntuales subcontratadas por los propios técnicos de juventud”, tras la pérdida de sus empleos. (Soler y Comas, 2016: 11). Ante tal panorama, las políticas de juventud tienden a desaparecer.
Desde la UE, se siguen fomentando escasas acciones, como “el proyecto de Garantía Juvenil”, que no deja de obedecer a los lineamientos de las políticas de transición, y cuya implementación es bastante cuestionable, ya que no llega a todos/as los/as jóvenes, y no garantiza un verdadero acceso al mercado laboral. Lo único que puede garantizarse es que habrá un limitado número de jóvenes, que tendrán acceso a determinadas formaciones profesionales que, en el caso de que haya demanda de empleos, les garantizará unos contratos laborales temporales, con unas condiciones y salarios precarios, que no garantizan la emancipación ni la estabilidad laboral de los y las jóvenes, que se supone es la finalidad de las políticas de transición.
Las políticas de juventud, se convierten en políticas económicas, cuyo único objetivo es la creación de empleo y la disminución de paro juvenil, esto es sólo en teoría, porque no es cierto que garantizan la disminución del paro juvenil, y mucho menos son una solución para los problemas de los y las jóvenes, que no sólo deben contemplarse desde una perspectiva económica, sin tomar en cuenta las demandas sociales, afectivas, emocionales y del entorno familiar de los y las jóvenes.
La actuales políticas neoliberales fomentan la idea de que los y las jóvenes, son los únicos responsables de su futuro: la idea de “emprendimiento personal” les hace responsable de la precariedad en las que las estructuras de poder les confina. Está en sus manos el dejar de vivir en la precariedad, lo que requiere de un enorme esfuerzo y dedicación de los y las jóvenes, para alcanzar el éxito. (Soler y Comas, 2016: 12). Ante esta situación, las administraciones y los gobiernos (central y autonómicos) se desentienden de las políticas de juventud y de todo lo relacionado con los y las jóvenes, implementando unas “políticas de austeridad” (Soler, 2016:33), que no incluyen en lo absoluto acciones encaminadas a la mejora de la situación de los y las jóvenes.
En el transcurso de mi formación en el MIJS, he podido constatar la actual situación de los y las jóvenes de la Comunidad de Madrid. Las políticas públicas que se han implementado, responden a los lineamientos de la UE, siendo más bien Proyectos de Garantía Social, que llevan a cabo entidades sociales (a través de subvenciones) o subcontratas, algunas veces de entidades creadas por profesionales que habían ejercido como “técnicos de prevención juvenil”. Madrid se ha caracterizado por llevar a cabo unas “políticas de austeridad”, cuyos recortes han perjudicado todas las acciones que tienen que ver con familia, infancia, mujer y juventud. En una conversación con una funcionaria del Ayuntamiento, responsable del área de Juventud, reconoció que el último plan de juventud se realizó hace más de 10 años, que hubo un plan de juventud, que se sometió a votación para ser puesto en marcha en el pleno del Ayuntamiento, pero que no fue aprobado, con lo cual, no hay Plan de Juventud en la Comunidad de Madrid, por no considerarse a los y las jóvenes, una “categoría social” específica, sino más bien incluida en ámbitos más generales, y por lo tanto no requiere de políticas específicas.
Mientras tanto, la idea general es que los y las jóvenes madrileños (o asentados en la Comunidad de Madrid) son los responsables de la precariedad en la que los ha sumido este sistema y ser emprendedor y tener éxito, es algo que sólo le compete a ellos y ellas.
Los y las jóvenes que no pueden seguir los itinerarios institucionales marcados —puede ser el caso de “juventud adulta precarizada” o “adolescencia desfavorecida”[3]— ya sea porque son inmigrantes (o jóvenes pertenecientes a minorías étnicas), que les cuesta mas adaptarse al nuevo sistema, o porque la situación económica familiar exige que al llegar a los 16 años deben trabajar para cooperar con la economía familiar, o por “embarazo a destiempo” (en el caso de las jóvenes), o por muchos otros factores, no cumplen con los estandartes establecidos de persona exitosa, se quedarán fuera del sistema y pasarán a ser jóvenes fracasados, parte de la “generación Ni-Ni”, que el propio sistema ha fomentado.
Es necesario implementar políticas de juventud basadas en las necesidades, intereses y prioridades de los y las jóvenes, no desde una categoría homogénea, sino desde la diversidad y la diferencia, en la que se tomen en cuenta factores sociales, económicos, emocionales, relacionales, legales, familiares, etc. No se trata de divagar en acciones tan generales que no cumplan con objetivos específicos, sino de diagnósticos que favorezcan el diseño de una políticas de juventud inclusivas.
También es necesario entender que la juventud no es una etapa de transición para pasar a ser adultos. Los y las jóvenes deben tener su propio espacio en la sociedad, reconociéndoles su capacidad como entes sociales, con derechos civiles e individuales y de autonomía personal, que les garantice una formación e inserción laboral, a medida de sus intereses personales, y no de los intereses del mercado global. No se trata de fórmulas mágicas, sino de políticas reales, creadas desde los intereses de los y las ciudadanas, y no desde los intereses de los grupos de poder. Lamentablemente, no es desde esta perspectiva desde la que se han realizado las políticas de juventud, por lo menos en España, y específicamente en la Comunidad de Madrid el panorama actual es desolador. Sólo nos resta esperar que haya un cambio político, precisamente promovido por los y las jóvenes, que garantice el cumplimiento de los derechos básicos de todos/as, incluidos/as los/as jóvenes.
Políticas y Programas de Juventud
MIJS 2015-2016
Referencias
– Arnau Comas, D. (2011) ¿Porqué son necesarias las políticas de juventud? Revista Estudios de Juventud, 94. Pp.11-26
– Soler, P. Y Comas, D. (2016) Los estudios sobre política de Juventud en España. Revista Estudios de Juventud, 109. Pp. 1-19.
– Soler, P. (2016). Políticas y Programas de Juventud. Master Interuniversitario de Juventud y Sociedad. UDG.
Imágenes: http://www.shutterstock.com/es/s/jóvenes/search.html?page=2&thumb_size=mosaic
[1] Comas Arnau, en su artículo ¿Porqué son necesarias las políticas de juventud? Se refiere a esta condición etaria, como una etapa provisional, o sea, se es parte de un de un grupo social, mientras se tiene una determinada edad. (Comas Arnau. 2011:12).
[2] Comas Arnau (en el mismo artículo antes indicado) hace referencia a la negación de juventud como una categoría social, limitando así los derechos civiles y de ciudadanía activa de los y las jóvenes. (Comas Arnau. 2011:11).
[3] Comas Arnau hace referencia a un análisis de datos, de la encuesta sobre “Condiciones de Vida” (del INE-2006), en que se reflejan los distintos grupos de jóvenes, según su grado de vulnerabilidad social o no, en el que incluye la categoría de “juventud adulta precarizada”, refiriéndose a jóvenes con una edad media de 28 años, en situación de precariedad laboral, con “mala formación, sin vínculos o apoyo familiar”, en su mayoría varones, pero también mujeres, y éstas en peores condiciones. En el caso de “adolescencia desfavorecida”, hace referencia a jóvenes pertenecientes a “grupos sociales desfavorecidos”, con situaciones personales diversas. El autor hace una crítica de estas categorizaciones, en las que se sigue tomando en cuanta la condición etaria, con “un cierto rango de determinismo social”. (Comas Arnau, 2011: 21).
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